Valoración de un siniestro. No estoy de acuerdo con la aseguradora.

¿Qué hacer si la compañía rechaza el siniestro al asegurado?

Ante la ocurrencia de un siniestro, el asegurado que cuente con un mediador que le asesore, debe dirigirse a él y si no dispone de este tipo de profesional, debe hacerlo a su compañía de seguros para dar parte del siniestro.

En ocasiones, la respuesta de la aseguradora no es satisfactoria, ya sea porque ésta rechaza el siniestro, ó porque su oferta de indemnización o reposición del daño no es de la conformidad del asegurado. Cuando esto sucede, ¿qué es lo que lo que se puede hacer?

La compañía de seguros no suele facilitar su informe de peritación al asegurado y por lo general se limita a dar explicaciones muy generales en la carta de rechazo o de limitación de la prestación.

Parece lógico que el asegurado, que ha pagado la prima del seguro, no esté dispuesto a pagar más para que le indemnicen lo que le corresponde.

En esta situación, para agotar la vía del acuerdo amistoso con la compañía,  antes de incurrir en más gastos, el asegurado puede recurrir a su mediador para que interceda en su nombre ante la compañía. Pero si esto falla, es aconsejable contratar un perito independiente que redacte un informe pericial sobre el siniestro, conforme al Art. 38 de la Ley 50/80 de Contrato de Seguros), y eventualmente, un abogado que le defienda en una posible reclamación judicial contra la aseguradora.

¿Cómo se puede prever esta situación sin que le cueste un pago adicional al asegurado?

El coste del perito será factible que no le cueste dinero en el caso de que el asegurado disponga en su póliza de daños de la cláusula de ‘Honorarios de profesionales y peritos’; se trata  como un gasto más del siniestro cubierto por la póliza, como lo es el ‘Desescombro’, habitualmente cubierto por las pólizas de daños. Así, en el caso de un siniestro con disconformidad en la propuesta de indemnización, la contratación de la segunda opinión de un perito independiente con cargo a la póliza de daños, puede servir para intentar llegar a un acuerdo amistoso con la compañía o como base para la reclamación judicial.

En este caso, el coste de la defensa contra la aseguradora, estará garantizado si el asegurado dispone de una póliza con una compañía de Defensa Jurídica.

Juan Adolfo Torres Pérez

83 comentarios en “Valoración de un siniestro. No estoy de acuerdo con la aseguradora.”

  1. Lamentablemente, las más de las veces, las aseguradoras tienden a proteger sus intereses por contraposición a los del asegurado. En caso de discrepancias, el mediador mejora enormemente las posibilidades de éxito, pero es cierto que esto también puede fallar, y es en esos casos en que la labor de un perito como base para una reclamación judicial contra la aseguradora es una alternativa eficaz.
    Hemos probado que la reclamación ante la Dirección General de Seguros suele fracasar, porque aunque te den la razón, su opinión no resulta vinculante para el asegurador, con lo que finalmente la vía judicial está servida.

    1. Disponer de un Informe Pericial Independiente como prueba documental presentado en la Dirección General de Seguros, aunque no resulte vinculante su resolución, es prácticamente seguro que el juez reiterará esta resolución, condenando además a la compañía con las costas judiciales.
      El Informe Pericial Independiente es el se debe aportar al abogado para que lo presente como prueba documental en la reclamación judicial.

  2. Mi caso es el siguiente: mi piso ocasionó daños por rotura de entrada de agua al piso de abajo. Avisé a mi seguro con Ocaso y valoro los daños. Por su parte el seguro del vecino hizo lo propio y reparó sus daños.
    Al cabo de un año el seguro de mi vecino reclama los daños a la comunidad de propietarios.
    Mi seguro me pide que le comunique las cartas que reciba la comunidad de propietarios exigiendoles el pago delos daños del vecino.
    Mi compañía refiere la existencia de un desacuerdo en las tasaciones de daños, auqneu sin especificar entre quiénes.
    Mi pregunta es:
    Cómo debe actuar la comunidad si ella no es la causante de los daños
    Por qué le reclaman a la comunidad si es mi vivienda la que ocasionó los daños?

    1. Estimada Lourdes.
      En nuestra opinión parece que Vd. carezca de la información suficiente. Por lo que parece, su aseguradora está al corriente de las discrepancias existentes en la valoración de daños, y no le extraña que la comunidad reciba la reclamación en lugar de Vd.; razónes que nos llevan a pensar que los daños producidos al vecino, si bien procedían aparentemente de su piso, es más que probable que en realidad fueran causados por conducciones comunitarias que tal vez se localicen cerca o en su piso. En ocasiones hay conducciones de aghua comunitarias que se instalan sobre los falsos techos de las viviendas.
      No es de esperar que eL asegurador de su vecino equivoque el objetivo de su reclamación, pero si así fuere Vd. no debería preocuparse en tanto la reclamación no fuera dirigida contra Vd.
      Si su asegurasdor le pide la documentación es porque quiere estar al corriente de quiénes son causante y perjudicado para posicionarse ante una eventual reclamación contra Vd. y por ende contra ellos.
      No se preocupe por ahora y preste su cooperación.

  3. Buenos dias ,

    Mi caso es el siguiente: tuvimos un percanse mi pareja y yo en un auto que acabábamos de adquirir de agencia no llevábamos ni el mes por lo que a los 3 días sufrimos de otro choqué. El primero fue por un conductor distraído que nos golpeo por detrás y descuadro nuestra cajuela y el segundo por las lluvias el carro se barrió en unas bollas amarillas y nos incrustamos en un poste provocando que la puerta trasera del copiloto quedara envestida y junto con el eje del carro.

    A todo esto acudimos dos veces al doctor y solo nos dieron pastillas y tomaron radiografías… Golpes menores con moretones grandes.

    Cuando van pasando los días uno cree que ya estará listo el vehículo ya que no le han hablado del taller. Pues el día que ya habíamos considerado que deberíamos ya de haber tenido nuestro auto (1 mes después) el taller no había hecho nada y justo el día que le llamamos fue la primera vez que el taller se comunicó con la aseguradora. No obstante el taller aseguró que era perdida total por el costo elevado del peritaje de las piezas y que aún no contestaba la aseguradora los* correos que les había mandado. Cuando aun no le mandaba ni siquiera uno.

    A la semana sin mostrar ningún avance nos comunicamos con la aseguradora y nos dijeron que el encargado de nuestro caso estaba fuera … Al día siguiente llamamos de nuevo y nos dijeron que no se había determinado que era pérdida total y que se iba a llevar a cabo la reparación.

    Es ahí donde no me cuadra la declaración del taller… Puesto que a capa y espada mantenían la postura que iba a ser pérdida total y ahora que la aseguradora no quiere aceptar esto me da miedo que el auto no quede bien y en una de esas se parta en dos porque el eje central esta abollado y es irreparable como lo dijo el taller.

    Cómo puedo hacer válido la perdida total que el taller había declarado desde un principio? Además por que fueron dos siniestros distintos.

    Gracias!!!

  4. Buenas tardes, en mi caso la disconformidad esta dada, porque después de un accidente de trafico en el que me alcanzan por detrás en la autovía al ir hacia una desviación,llevo el coche al taller para la peritación y cuando lo voy a recoger me dicen que los focos traseros que están los dos rotos no consideran que es del accidente con lo cual no se hacen cargo.
    Me pueden decir que puedo hacer ante esto .Gracias

    1. Estimada Irene claramente debe reclamar contra su asegurador. Agote las vías administrativas de reclamación contra la aseguradora y si esto no funciona acuda a un abogado que le defienda y asesore cómo interponer una demanda de reclamación.
      Saludos

  5. Buenas noches, resulta que tengo una autocaravana a la cual se le han roto cuatro ventanas que estan cubiertas por el seguro, pero han denegado el siniestro por que sugun ellos las ventanas estaban rotas antes de hacer el seguro, cosa que no es cierto, que debo hacer?

    1. Reclame al asegurador utilizando las instancias que se mencionan en la póliza para ello. Si esto no funciona puede acudir a la Dirección General de Seguros, si bien su respuesta no es vinculante para el asegurador, ni rápida. Si cree que tiene razón y lo puede probar acuda a los tribunales.

  6. Maria Dominguez

    Hola,íbamos en el coche familiar mi marido , los niños y yo. En la parte trasera de mi vehículo iba mi marido y el pequeño, un coche me salió saltandose un ceda el paso y tuve que dar un frenazo, con lo cual mi marido se dio con el asiento de delante como consecuencia se partió las dos paletas, el otro coche siguió su camino sin llegar a verle la matricula. Despues de dos meses mi compañia dice que no se hace cargo por motivos muy superficiales, cuando llamamos dijimos que se habia dado el golpe contra el repocabezas, es lo que oensamos en un primer momento, y cuando fue el perito dijo q habria sido con la costura del sillon justo debajo del reposacabezas, primera contradiccion segun ellos, otra contradiccion dicen que es en un principio cuando llamamos no indicamos que el estaba manipulando un móvil, solo le dijimos que iba sentado detras, yo esto no lo beo logico porque llamamos en un primer momento despies de ir al dentista y tampoco dimos tantos detalles ni nos preguntaron, cuando fue el perito a vernos ya le explicamos todo tal y como fue exactamente, y donde ellos ven contradiccion nosotros vemos q tampoco por telefono se dieron todos los datos. Puedo reclamar esto!?? Es que estamos indignados ya que nos sentimos estafados por la compañia. Un saludo

    1. Buenas tardes Inma. Nos es muy dificil darle una opinión con la información que nos proporciona. Aporte a su aseguradora el parte de lesiones, y la justificación de la causa de la lesión debida al accidente sin contrario o concontrario no localizable o desconocido. Exija una respuesta fundada y luego si no se satisface su demanda acuda a un abogado para que asesore de sus posibilidades de acción de reclamación contra el asegurador. Sepa que dependerá de si tiene o no seguro de conductor y en todo caso los ocupantes están protegidos por el Cnsorcio de Comensación de Seguros a quienes recomiendo consultar.
      Saludos

  7. Humberto Hicks Martinez

    Buenos dias!

    El 21 de Enero mi casa sufrio daños en el techo y la mitad del impermeabilizado se desprendio. Yo reporte a la aseguradora y mandaron a una persona a valorar el siniestro. Esta persona tomo fotos de los daños y me comenta que la aseguradora no realiza las reparaciones y que yo tengo que buscar cotizaciones y se las presente para que ellos las valoren .
    Esto a si se realizo el punto es que al momento de dar el fallo me mandar el resultado por solo el 50% de la valoracion donde comenta que esta sobrevaluado !. Yo hable con esta persona y le comente de donde estaban sacando estas estimaciones , ya que yo vi dos presupuestos y la diferencia hera minima.
    Mi pregunta es, cual es el proceso a seguir cuando uno no esta de acuerdo en la resolucion de la aseguranza!

    Muchas gracias por su apoyo!

    1. Buenos días Humberto, consulte el contrato de seguro para cerciorarse del procedimiento de contraste en caso de discrepancia con la propuesta de indemnización efectuada por el perito. Su contrato debe tasar este procedimiento normalmente le faculta para nombrar un perito de parte que proponga una pericia de contraste y un tercero que dirima entre las dos propuestas, de parte y de contrario en caso de que la aseguradora persista en la propuesta de su perito. Agotada esta vía deberá acudir a los tribunales de justicia. Saludos

  8. Hola,
    Mi compañía de seguro ha rechazado una inundación en la terraza por lluvia el pasado 24 de marzo en la provincia de Barcelona. Ellos sólo pagan el siniestro en el caso que las lluvias hayan superado los 40l/m2 y según ellos fueron 21l/m2… ¿Cómo puedo cerciorar que esa información es correcta y la han sacado de un informe oficial? ¿Cómo puedo contrastar esa información? He leído que AEMET proporciona informes oficiales pero el coste es bastante alto…

  9. Buenos dias. Me robaron el coche en el enero 2016. La policía lo encontró destrozado despues de 15 dias. El perito dijo que el coche no fue robado y no querían pagar el siniestro, teniendo contractado robo , incendio y terceros ampliados. Acojiendome al articolo 38 nombré perito que me dió razon . La aseguradora nombró su perito que dictaminó que la aseguradora debía pagarme 700 euros . Pero no estoy de acuerdo. Sólo el perito , burofax y el seguro del coche robado fueron casi mil euros. ¿Qué tengo que hacer?. El asegurado Segurcaixa dice que contra esta decisión no se puede reclamar. gracias

    1. El mercado asegurador dispone de una solución a los conflictos entre asegurado y asegurador.

      Así Segurcaixa incluye en sus condicionados la cláusula en virtud de la cual: Si no se llegan a un acuerdo, la aseguradora nombrará un perito y el asegurado, o en su caso el perjudicado, otro. Cada parte satisfará los
      honorarios de su perito. Si uno de los dos no nombra ninguno en los ocho días siguientes a la fecha en que sea requerido por la parte que hubiese designado el suyo, se entenderá que acepta el dictamen del perito nombrado por la otra parte, quedando vinculado por el mismo.
      Los desacuerdos entre peritos se solucionarán por un tercer perito nombrado por ambas partes. Si no llegasen a un acuerdo, la designación la hará el Juez de Primera Instancia del lugar en que se hallasen los bienes. El dictamen pericial se emitirá en el plazo señalado por las partes o, en su defecto, en el plazo de 30 días a partir de su nombramiento. Los honorarios del tercer perito se abonarán a partes iguales.
      El dictamen de los peritos será vinculante para las partes, salvo que se impugne judicialmente por alguna de las mismas, dentro del plazo de treinta días en el caso del asegurador y de ciento ochenta en el del asegurado, computados ambos desde la fecha de su notificación.
      Si el dictamen fuera impugnado, el asegurador deberá abonar el importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber. Si no fuera impugnado, la aseguradora pagará la indemnización señalada por los peritos en un plazo de cinco días.

      Revise su caso si lo desea con un abogado. Si no tiene uno se lo podemos recomendar.

  10. Hola, yo tengo un problema vivo en un cuarto piso, un bloque de cuatro pisos,arriba del pido es una terraza que no la podemos utilizar,
    Llevo 33 años viviendo en este piso, en los últimos tres años cada vez que llueve me salen machas en las paredes exteriores del piso que son los tres dormitorios que tengo,
    Hace dos años reclame a la comunidad y me enviaron a un pintor que pinto la pared , pero este invierno salió mucho moho , lo limpiamos con lejía , di parte a la comunidad
    Y me dijeron que era condensación ,yo había tenido un seguro con una compañía que no tenía defensa jurídica , y me cambie en el mes de Diciembre a otro que si lo tiene,
    Di parte a mi seguro yne contesta que los daños están causados antes de la contratación de la póliza y que no pueden defenderme, reclame a la comunidad y vino el perito de la compañía de seguro de la comunidad ha hecho un informe y la compañía de la comunidad. Se niega a darme copia del informe , es así por ley ?
    Quien tiene que darme el informe ?
    Porque yo no puedo seguir así sin que me den solución. A quien tengo que demanadar
    A la comunidad. Al seguro de la comunidad o los tres incluso. Mi seguro ?
    Gracias

    1. Tu caso es desgraciadamente de lo más frecuente. Nadie parece tener la culpa de lo que te pasa pero pasa algo que te afecta.
      Las humedades proceden de la terraza sobre tu vivienda luego la culpla de tus humendades es de la comunidad de propietarios que al efecto dispone de una póiza de seguros con cobertura de responsabilidad civil para daños que ocasione a terceros como tú. Podrá discutirse quién es el propietario de la terraza que causa los daños, pero dilucidado quién es, debe de responsabilizarte de reparar la causa y tras ello los daños que te hayan causado.
      Respecto de tu seguro y de la alegación del mismo de que no defenderán tu caso por ser el suceso anterior ala entrada en vigor de la cobertura eso es correcto y contra ese argumento poco se podrá luchar, además de que es de poco fiar lograr que te defienda quien no quiere hacerlo de buena gana.
      Sobre que no te den el informe pericial es normal y no tiene el asegurador obligación de dartelo pero pídeselo a tu comunidad, no en vano son ellos los tomadores de la póliza. Eventualmente tu participas de su órgano de gobierno que es la junta de propietarios. Exige saber la causa y el culpable. Si no consigues nada de esto demanda a tu comunidad por daños.
      Disponemos de seguros de defensa jurídica para ayudar en casoso como el tuyo.
      Saludos

  11. Antonio Muñoz Rodríguez

    Hola, a últimos de julio, mi vecino de abajo me dice que tiene una gotera en el techo del baño, yo aviso a mi seguro y este me manda un fontanero que dice que es del plato de ducha. Abre por un faldón lateral rompiéndome dos azulejos para abrir y saca parte del tubo flexible que va desde el plato de ducha al desagüe y localiza un agujerito por donde sale el agua, refiere que este tipo de tubo no es especial para platos de ducha y que él no hubiera puesto ese tubo en la reforma, tras hablar con su empresa y ésta a su vez con la aseguradora, me sella el agujerito con una bolsa de plástico unida con silicona hasta que lo valore el perito. Cuando éste viene, nos dice lo mismo que el fontanero y que reparar la avería significaría una mejora y el seguro no realiza mejoras. Yo aviso a un fontanero aparte y me dice el fontanero que ese tipo de tubos se pone habitualmente en platos de ducha y ahorra costes, bien es verdad, que según refiere podría haber sido de una calidad superior. Ahora me encuentro en que el seguro declina hacerse cargo del siniestro diciendo que por no ser este tubo apto para los platos de ducha sino para rebosaderos no se hace cargo de la reparación, que lo repare yo y que me valoran el tapado del agujero en 47,50 euros que es la indemnización que me ofrecen. Yo por su puesto no estoy de acuerdo y ya he señalado que ni acepto la resolución ni mucho menos la indemnización. He escrito con fotos de los desperfectos hechos en mi cuarto de baño por el fontanero enviado por la compañía y explicando lo que me ha dicho el fontanero ajeno que vino a ver el tubo al SAC, puedo hacer alguna otra cosa más?, ya que encuentro que me han dejado totalmente indefenso y con deperfectos en casa que después pretenden que arregle yo

    1. Estimado Antonio lamentablemente los asegurados están indefensos ante las aseguradoras. Es verdad que aparentemente hay un servicio de reclamaciones que siempre da la razón al asegurador y que Vd. podría acudir a la Dirección General de Seguros, algo tan lento como inutil pues lo que diga esta institución no es vinculante para el asegurador. En la práctica tampoco tiene recorrido legal poque Vd. no se va a meter en un pleito por tan poco. Así que no le queda más opción que reclamar. Molestar cuanto pueda al asegurador y cambiar de aseguradora a la primera oportunidad. Si bien esto último no le garantiza desafortunadamente que no le pase de nuevo.

  12. Hola,
    Se me ha estropeado una secadora de ropa. El seguro de hogar que tengo cubre averías mecánicas y eléctricas, aunque el máximo coste de materiales que cubre son 100 €. Al acudir el técnico a diagnosticar la avería, ha determinado que para repararla habría que cambiar la base (bomba de calor) completa, que, incluso con los 100 € que cubre el seguro, saldría más o menos al mismo precio que una secadora nueva. Lógicamente, en ese caso no me interesa que el seguro la repare, pero me estoy planteando llamar a otro técnico por mi cuenta para que me confirme si este diagnóstico es correcto, o puede solucionarse la avería a un menor coste. Entonces, me interesaría tener un informe por escrito del técnico del seguro donde aparezca el diagnóstico que ha realizado, para poder reclamar si finalmente éste no era correcto. O bien el presupuesto, también por escrito, de lo que costaría la reparación. Sin embargo, la aseguradora se niega a darme ninguno de estos documentos, y únicamente me entregan uno en el que solamente aparece que yo no acepto la reparación. ¿No puedo exigir que me entreguen informe o presupuesto por escrito? ¿Qué posibilidades tendría de reclamar si no los tengo?

  13. Buenas tardes,
    Mi vecino se quedó dormido en la bañera con el grifo abierto causándome desperfectos por goteras.
    Su seguro vino y me reparó las humedades y me cambió un halógeno, que colocó mal y cayó al cabo de unas horas golpeando en la piedra encimera del lavabo, picándola. La empresa que lo reparó envió al perito de su seguro para que valorara, y nos dijo que no se puede reparar. La historia es que nos quieren indemnizar por el valor de la piedra, pero lo cierto es que no venden recambios y para dejarlo bien tendríamos que cambiar todo el mueble, mueble y encimera. Además la indemnización que nos dan es el precio que nos costó en su día, que ahora mismo será mucho más.
    ¿Cómo podemos reclamar que nos dejen nuestro baño en las mismas condiciones que lo teníamos? Muchas gracias por su consejo.

    1. Dado que Vd. ha recibido un daño producido por un tercero, tendría derecho a que le indemnizaran completamente y no solamente por la piedra rota.
      Sin embargo, luchar contra el asegurador puede llevarle tiempo, dinero y un futuro incierto. Tendrá que valorar si merece la pena. Si cree que lo merece, debería ponerse en contacto son su propio seguro para que activen la cobertura de gastos de defensa, para que sean ellos quienes reclamen al seguro de su vecino. Por último, aunque parezca obvio, el responsable es su vecino, no su seguro. Reclámele al vecino en todo caso siempre.

  14. Buenas tardes, en mi empresa se ha estropeado la calefacción debido a cortes de luz que había ese día.
    Hemos abierto un siniestro con mi aseguradora. Vino un técnico de su parte que no supo ni abrir la trampilla y al ver que es un equipo de calefacción y aire acondicionado compacto industrial me dijo que enviaran un técnico de aire industrial. Le dije que en momento de abrir siniestro hemos mencionado que era un equipo industrial.
    No vino nadie y al ser centro de estética las trabajadoras y clientes sé quejaban que hacía mucho frío.
    Hemos contratado una empresa especializada que cambió la pieza averiada.
    De todo eso íbamos a informando la aseguradora a través de teléfono y los de la aseguradora nos dijeron que guardemos todas las piezas cambiadas, y enviarles las fotos de dichas piezas (era un compresor) y factura. Lo que hicimos.
    En la factura, la empresa que nos reparó el aparato, puso que la avería ha sido causada por cortes de electricidad.
    Pues bien, el seguro nos ha contestado después de pagar nosotros que no cubren ya que la avería no ha sido causada por cortes de electricidad y eso solamente basándose en la fotografía enviada.
    ¿que podemos hacer?
    Tenemos informe de alarma que tenemos en el centro con horas de cortes de electricidad y hemos pedido a Endesa número de avería y registro de electricidad de aquel día.
    ¿Creen ustedes que debemos seguir reclamando? ¿Hay alguna posibilidad que nos paguen aún me sea una parte?
    La factura subió a casi 6 mil euros. Muchas gracias por su respuesta.

    1. Gracias por compartir tu caso. Una lástima que no informes del nombre asegurador porque es bueno que los usuarios sepan qué compañías funcionan bien y cuáles no.
      La postura de la compañía revela falta de diligencia, profesionalidad, y pocas ganas de resolver el siniestro.
      Siendo esta la situación, lamentablemente las vías de que dispones son todas tortuosas y conducentes a que te enfades y no resuelvas nada.
      La primera es agotar la vía de la reclamación ante el asegurador, servicio que está obligado a tener. Formula reclamación aportando resumen de lo sucedido, certificación de Endesa del corte de suministro eléctrico, albarán de la reparación del técnico que la hizo en que se diga los daños reparados y las causas probables y las facturas de todos los gastos contraídos.
      La segunda, es presentar queja ante el servicio de defensa del asegurado de la Dirección General de Seguros, lo que muy probablemente no conduzca más que a la desesperación pues después de muchos meses que pueden tardar en resolver, su posición no será vinculante para el asegurador.
      La tercera es demandar a la aseguradora en la confianza que quieran transar antes que gastar dinero en abogados. El importe de los gastos merece la pena; casi 6.000€.
      Y en cualquier caso, nuestra recomendación es cambiar de asegurador.

  15. El tema es el siguiente.Yo tengo mi casa asegurada y hubo un siniestro una rotura de una excéntrica que el seguro no me cubrió porque es algo exterior y no una tubería. Me toco pagar la reparación, también intenté ponerme en contacto con el vecino de abajo pero este no estaba(estaba de vacaciones). Tuve que ir a la administración y comunicarlo. Al mes de todo esto, primero vino el seguro de la comunidad y este vecino se negó a que le abrieran el techo, se veían manchas de humedad pero nada todo seco.
    Tuve que llamar a mi seguro y al perito que taso el siniestro en unos 400 euros. Sin embargo este vecino empezó a decir que le habían inundado la casa y bueno ha pedido los 400 +900 en desperfectos en su vivienda.
    Ha habido una disparidad de cantidades entre seguros y al final el seguro del vecino siniestrado en vez de llevar a juicio a la compañia nuestra de seguros, nos ha llevado a nosotros exigiéndonos el pago.
    Me imagino que el informe del perito nuestro servirá para arreglar todo esto.
    Llevamos con este tema casi 2 años y encima una financiera de morosos nos ha exigido el pago de esto, nosotros estamos asegurados ahora y en también en el momento del siniestro.
    ¿Qué es lo que podría pasar?.
    ¿Por qué han ido contra nosotros si estamos asegurados y el problemas es entre las aseguradoras.
    Un saludo y gracias.

    1. Gracias Fernando
      Por lo que mencionas has causado daños a un vecino.
      La cobertura que proteje tu patrimonio contra la reclamación del vecino es la de responsabilida civil de tu seguro.
      EL vecino te reclama a tí porque eres tú el propieatario de la vivienda que le ha causado daños.
      Otra cosa es que tú estás asegurado y es de esperar que declarando al seguro el siniestro, sea tu compañía de seguro la que corra con los gastos de la reclamación.

      Por otro lado mencionas que el perito de tu aseguradora y el perito de la aseguradora del vecino reclamante no se ponen de acuerdo.
      ¿Qué puede pasar?
      Que el vecino pase de la reclamación verbal o medio formal a una demanda judicial. Si esto pasara, tendrá que ser el juez quien determine la intensidad del daño y cuánto cabe indemnizar. Tu aseguradora tendrá entonces que correr con los gastos de defensa y de la indemnización.
      Cuando hay discrepancia entre peritos la ley de contrato de seguro tasa un procedimiento entre las partes en conflicto que puede resolver el problema o no, si no lo resolviera quedará la vía judicial que mencionamos pero que no creemos interese a ninguna de las partes. Es de esperar que tu aseguradora no permita que el asunto llegue a este punto, pero depende de cómo se esté llevando la gestión del siniestro.
      Insiste en enviar a tu aseguradora la reclamación del asegurador de tu vecino, y hazlo de manera que quede constancia de que lo has hecho.
      Saludos

  16. El tema ya esta judicializado tuvimos que llevar el expediente que nos trajeron del juzgado a la aseguradora lo han sellado y puesto en manos de un abogado de la compañia.No me fio mucho de mi aseguradora ni del abogado de ellos, pues el tema ya lleva mucho tiempo y soluciones no buscaron y han esperado a que se llegara a este punto de tener que ir a juicio.¿Puedo yo ir al juzgado y hablar con algún secretario que lleve este expediente y exponer el tema de que se llevo a nuestra aseguradora lo digo porque si en el plazo de 10 hábiles nuestro seguro no presentase peritaje o tal podríamos incurrir en rebeldía y tendríamos perdido el juicio.Y entonces sólo podríamos demandar a nuestra compañía de seguros?.El tema es claro a mi compañía le interesa que yo pague y ellos lavarse las manos, y viendo que todo lo anterior ha sido bastante infructuoso me da que en cierta manera y por mi desconocimiento en esto de las leyes y seguro pues puedan al final dejarnos vendidos.Un saludo y gracias.

    1. Discula Fernando no haberte contestado antes. Si el asegurador ha registrado de entrada la reclamación que les entregaste y te han informado que iban a desginar un abogado debes estar tranquilo. Seguramente en este tiempo ya se haya producido la contestación a la demanda y ya depas del asunto.
      Saludos

  17. Salvador Jimenez

    Mi caso es el siguiente. En abril me instalaron un toldo y en el mes de noviembre éste se desprendió y cayó a la calle (vivo en un sexto) No causó daños. El instalador del toldo no quiso hacerse cargo. La compañía del seguro envió un técnico instalador para verificar la instalación y determinó que ésta era deficiente. Mi seguro delegó en el bufete de abogados, y éstos enviaron un périto para verificar la instalación, que también me informó que la instalación era deficiente y que enviaría el informe a los agogados. Éstos enviaron notificaciones a la empresa instaladora adviertiendole que en caso de negarse a cubrir la nueva instalación del toldo, se verían obligados a actuar contra ellos judicialmente. Hoy me ha llegado una notificación del bufete de abogados donde me informan que «lamentan no poder atender mi solicitud ni las consecuencias de la misma ya que los hechos que se relatan carecen de cobertura de acuerdo con lo establecido en las condiciones de la poliza suscrita, al tratarse de daños por un defecto de construcción previo a la instalación del toldo.
    ¿Que puedo hacer?

    1. Lo que debes y puedes hacer es reclamar al instalador ya que en efecto es el responsable. En este caso el asegurador está en sud erecho de negar el amparo del siniestro y de la defensa pues lo segundo va ligado a lo primero.

  18. Buenas tardes mi caso es el siguiente :

    Mis inquilinos me dicen el 28 Diciembre 2019 que la asistenta se dejó el grifo abierto (hubo un corte del agua previo en la comunidad) y produjo daños en mi casa y en la del vecino.

    Yo llamo al seguro y la versión que doy es que mi asistenta se ha dejado el grifo.
    Viene el carpintero Viene el de la tarima y al final un perito.
    Mi póliza tiene cubierto la omisión de cierre de grifo lo que no se si por estar alquilado no cubre de ahí la versión que dí.

    Primera contestación : no vamos cubrir sus daños ni los del vecino debido que no es su responsabilidad si no la de la asistenta.. si hubiese sido usted quien se dejo el grifo se lo hubiésemos cubierto
    2 : procedo a solicitarles por escrito el motivo de su rechazo
    3 : recibo el motivo que intentare resumir: El perito dice que yo cambie de versión. que al no ver ajuar en casa deducen que no es mi vivienda habitual. y que no les facilite el telefoto de la asistenta.
    4 : Les facilito el teléfono y me comunican que no están todas la puertas cerradas. Una asistenta de la comunidad de propietarios que los vecinos llamamos de vez en cuando para que eche unas horas (no esta contratada..)
    5 : llaman a la asistenta y les dice que ella subió a limpiar y se dejo el grifo abierto.
    6 : me comunican que les mande una carta escrita por la asistenta contando lo sucedido y firmada por ella y que «SI» tiene seguro que les facilite el numero de parte que esta tuviese con su compañía.
    7 : Me dispongo a escribirle la carta (previo consentimiento de la asistenta)
    8 : Antes de que pueda mandar la carta llaman a la asistenta diciéndole que se prepare a pagar 3000 Euros(primera vez que me entero del importe de mi siniestro) y luego a lo mejor los gastos del vecino de abajo
    9 Ya no mando la carta.. y estoy entre dos opciones A: Llamar a mis inquilinos y explicarles la situación (se fueron del piso hace casi 3 meses) que lo más seguro que lo comprendan y me paguen B: Defensor del asegurado etc etc o las dos cosas más bien pero sobre todo que se responsabilice el seguro
    Quien me va a pagar el arreglo ? está claro que si que se han puesto deacuerdo, los seguros para arreglar lo de la vecina o me llamara´n en un futuro ?

    Llegado a este punto me gustaría saber que camino seguir que aunque me queda llamar para decirles que como pueden ir a por esta señora que con la que está cayendo etc he intentarlo otra vez amistosamente
    Un saludo y Gracias

    1. Menudo problema¡. El asegurador quiere escurrir el bulto. Decepcionante pero normal. No mencionas si en la póliza se especifica que la casa asegurada está alquilada. Si no se dijera podrían reducir el valor de la indemnización e incluso negarse a aceptarla.
      Si se dice, la responsabilidad que se te exige como propietaria es la que está protegida por el contrato. Que el asegurador trate luego de repercutir sus costes en terceras personas, la asistenta, es perfectamente admisible y no debería de importarte, pues estarían en su derecho. Pero tanto tus daños como lso que causó este olvido al tercero vecino debebn protegerse por el contrato.

  19. Buenas tardes. Tengo un seguro contratado con la aseguradora de Allianz. Hace unos meses tuve un accidente y el perito cuando hizo el parte parte lo declaró como sinistro total. Entonces en la póliza pone una cantidad de dinero que se me tiene que dar en caso de sinistro total y la aseguradora me dice que me da una cantidad inferior porque el coste de la embarcación es menor a esa cantidad que pone en la póliza. Además, cuando nos llamó la compañía, me dijo que la cantidad de dinero que nos ofrecía era su última oferta y que nos la hacían de palabra. Entonces yo me planteo las siguientes dudas: 1. No deberían de hacer esta oferta por escrito para que quede constancia? 2. Por qué en la póliza ponen una cantidad y ahora no me la quieren dar? 3. Me recomiendan que accepte este dinero que me dan (para asegurarme algo) y luego poner una demanda para recurrir al resto?
    Gracias

    1. En respuesta a tu consulta decir que: 1) la oferta debieras reclamar que fuera por escrito, 2) Debes revisar las reglas de depreciación que contempla la póliza para observar si es correcta la variación ofrecida como indemnización respecto del capital contratado. Las reglas de depreciación tratan de evitar el enriquecimiento injusto derivado del embejecimiento de aquello que aseguramos y que le resta valor pero deben de identificarse en póliza, 3) si esa es la recomendación busca un especialista en reclamaciones contra aseguradoras que te asesore desde el comienzo. Estos profesionales suelen saber cómo manejarse con las aseguradoras mejor que los asegurados.

  20. Hola, te cuento nuestro casoo. Tuve un accidente en un parking publico por una mancha de aceite y con lo que tuve que estar de baja varias semanas. Avisé a mi compañia para que me defendiera y demandar a la compañia de seguros del parking. Me contestaron que no porque no veian clara mi reclamación y que no tenia fundamentos pero que podía buscar asistencia juridica externa y que si me daban la razón me pagarían los gastos. Busqué un abogado externo y ha ganado la reclamación sin tener que ir a juicio. Ahora vamos a reclamar los honorarios de este abogado a mi compañia ya que entendemos que debian haber sido ellos los que tenían que haber peleado hasta el final. Espero que no me pongan problemas. Como lo veis?

    1. Gracias Antonio, segun nuestro parecer tienes razón Parece negligente que tu aseguradora no haya querido responder ante tu reclamación. A la vista está que se podía defender y ganar como te ha sucedido. Debes reclamar el pago de los honorarios de defensa a tu asegurador. Suponemos que tienes bien documentada la respuesta del asegurador de pagarte los gastos si te daban la razón. Pero habiedno actuado tan mal cualquier cosa es de esperar.

  21. Manuel María Gómez López

    Hola, se me rompio la pileta del baño y la compañía no acepta el presupuesto del operario que mandaron porque dicen que no tengo cobertura de daños estéticos, yo mire el contrato y me cubre 100% loza sanitaria, llamo otra vez para comentárselo y me dicen que la persona que me atendió anteriormente no miro bien pero la pileta no la hay y al tener que cambiar el pie, la grifería y la adaptación del desagüe supone mucho gasto y me ofrecen una indemnización por la pileta.
    Yo pido que me pongan una pileta lo mas parecida a la que tengo y no quiero la indemnización porque con el dinero que me ofrecen no resuelvo nada, que puedo hacer?

    1. Si la póliza no tiene daños estéticos, algo bastante inusual en seguros de hogar, tendrían razón en no proponer indemnizar por nada que no fuera la loza sanitaria. Ahora bien si su lavabo constituye un todo indivisible y se ha roto una parte del mismo, lo que afecta a todo el conjunto, deben indemnizar la sustitución completa del mismo.

  22. NICOLAS RODRIGUEZ

    Tengo una segunda vivienda a la que le han aparecido humendades en los techos.
    Es posible que se haya inundado la terraza por las lluvias en mi ausencia. La terraza la solé de nuevo hace poco.
    El seguro ha valorado que se deba a filtraciones de agua de lluevia por la terraza. Estas filtraciones no están cubiertas.
    Querría cancelar pero queda menos de un mes para el vencimiento.
    Me han ido subiendo la prima cada año sin advertirmelo.
    La póliz ame la hizo el banco al comprar la casa con Caser Seguros

    1. Si la póliza no cubre expresamente filtraciones, lo que es probable al tratrse de un apóliza hecha por un banco, lo que es sinónimo de falta de asesoramiento mínimo, tu siniestro no tiene cobertura.
      Cambiar de compañía es posible pese a que no respetes los 30 días de preaviso. Bastaría condevolver el recibo ya que es improbable que el asegurador haga un monitorio para cobrar la prima.
      Sobre que no te han anunciado las subidas, rara vez se conoce que las pólizas de hogar tienen un índice de revalorización que utilizan el asegurador para elevar la prima sin necesidad de pedir permiso ya que éste está otorgado con la firma del contrato. Ese índice de revalorización tiene como finalidad ir adecuando los valores capitales al paso del tiempo con la intención de que no queden obsoletos y acaben comportando un infraseguramiento.

  23. Roberto Andrade Olivie

    Buenos días. Hace 2 años tuve una rotura de la cañeria de la casa que afectó al vecino de abajo. Dimos parte al seguro y nos olvidamos del tema hasta que hoy nos llega una citación judicial ya que la aseguradora del vecino nos demanda por 1552€ que fue el coste de la reparación y por lo que me entero ahora mi compañía de seguros no llegó a un acuerdo con la del vecino.
    La demanda viene a nombre de mi mujer y también demandan a nuestra compañía de seguros. Dos dudas al respecto:
    1.- Puede el juez obligarme a pagar aunque yo tuviera mi poliza en regla y que luego yo reclame a mi compañía ¿?
    2.- La citación viene a nombre de mi mujer pero la casa es mía y estamos en separación de bienes. El seguro de la casa también figuro yo como el tomador. Este error afecta algo al juicio, debemos avisar del error o que se presente mi mujer que es a quien citan.
    Gracias

    1. Parece que la falta de acuerdo entre su aseguradora y la de tu vecino ha derivado en una reclamación judicial contra tu familia.
      Lo primero que debes hacer es tomar contacto con el asegurador para ver si tomará a su cargo tu defensa, para en caso contrario procurarte defensa legal.
      En respuesta a tus dos preguntas:
      – EL juez puede condenarte a pagar pese a que tuvieras póliza, ya que tener una póliza no te exonera de responsabilidad por daños causados a terceros. La póliza representa un instrumento de financiación de esa responsabilidad no una exoneración de la misma.
      – Si tenías una póliza en regla con cobertura para este daño, lo natural es que el juez condene al asegurador a pagar por responsabilidad solidaria. Por lo que parece, la aseguradora ha sido llamada a la demanda también por lo que es muy probable que resulte condenada a pagar por causa de la póliza. Si acaso la aseguradora no resultara condenada a pagar, sería muy probablemente porque el juez no estimara que la póliza protegía tu responsabilidad en este caso, y entonces repetir contra ella no sería aconsejable.
      – Si la citación viene a nombre de tu mujer pero la casa y el seguro es tuya, parece clara la falta de legitimación de tu mujer para ser demandada, pues no es responsable en modo alguno de los daños causados por la vivienda de tu propiedad contra tu vecino. Lo normal es que en la contestación a la demanda el demandado alegue la falta de legitimación pasiva, haciendo inviable la reclamación. De ser así además, no podrían condenarte por causa de la figura jurídica denominada litisconsorcio pasivo necesario que sirve para evitar que personas no litigantes se vean afectadas por sentencias que les afecten derivadas de un procedimiento judicial del que no han formado parte.
      En este contesto, tu conexión marital con tu mujer no te llama al proceso solo por ello. Es decir, no eres litisconsorte. Y este hecho traerá como consecuencia que se falle absolutoriamente, «La estimación de la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario no puede dar lugar en ningún caso a una desestimación de la demanda, sino sólo a un pronunciamiento absolutorio en la instancia, dejando imprejuzgado el fondo del asunto litigioso. (TS 1.ª S 17 Abr. 2000.– Ponente: Sr. Morales Morales) (LA LEY 6713/2000)»
      – Ahora bien la falta de este litisconsocio pasivo puede ser subsanada en un plazo de 10 días y si no se atiende a ese plazo o no fuera subsanable, el juez sobreseerá el asunto.
      No obstante, lo mencionado, este es un asutno muy técnico y complejo en que deberás solicitar el asesoramiento legal pertinente para tener la plena seguridad de lo que debeas hacer.

  24. Alberto Hernández

    Hola a ver si me pueden orientar. Hace 1 año la vecina de abajo tuvo en su techo fuga de agua aparentemente proveniente de mi vivienda q vivo encima de ella. Vinieron más de 6 profesionales buscando de dnd provenía la avería cada uno decía una cosa y pasaba factura a mi seguro al final vino un perito q según dijo no se podía asegurar q la fuga proviniede de mi vivienda pues caía por el forjado, aun así parece q ni seguro arreglo los desperfectos a la vecina de abajo aq nunca se arreglo la supuesta avería puesto q nadie supo a ciencia cierta de dónde venía. Mi seguro optó por la no renovación al acabar el año por el número de siniestros dado, yo cada vez q llamaba me decían por teléfono q aq fuera la misma avería había q abrir un siniestro nuevo, en fin esto tuvo repercusión en mi cuota de la hipoteca ya q estaba ligado a ING. Ahora viene el problema de nuevo en el mismo mes q el año pasado la vecina vuelve a tener una fuga en su techo y me vuelve a reclamar a mi q llamé a mi seguro pq el suyo le dice q soy yo, por más pruebas q hacen yo no soy, pero no se cono debo actuar con mi seguro nuevo doy un parte como me reclama esta vecina pese a q se q no soy yo? Les informo a mi seguro nuevo de lo q paso ya hace 1 año? Estoy desesperado y no se como actuar, su seguro servicaixa le ha mandado a ella una carta diciendo q soy yo y que avise a mi seguro pese a q los operarios q vinieron de nuevo hacer las pruebas me dijeron a mi q yo no era, Cq ayuda seria muy agradecida. Gracias

    1. Por lo que parece nadie encuentra la culpabilidad de los daños. Así las cosas lo que sería recomendable es no hacer nada; diga a la vecina que reclame a la comunidad de propietarios pues si el agua baja por el forjado puede ser de la comunidad, y en cualquier caso quizá sea la única forma de encontrar el culpable. SI sigue el mismo proceso que el año anerior le pasará lo mismo una y otra vez. Debe probar otra cosa. También es posible que alcance un acuerdo con su vecina para entre los dos encargar a un rpofesional competente la localización de la avería.

  25. Maribel Jimenez

    Buenas tardes les voy a exponer mi caso.
    el pasado mes de diciembre, se salio agua por el codo del grifo de la cocina, lo que hizo que se inundase todo el mueble de debajo y el suelo, el hecho hizo que se inflase el mueble y uno de los paneles laterales, que llega la madera hasta el suelo. Damos parte a la aseguradora Mapfre ( con la que tengo contratado un seguro a todo riesgo) y nos mandan un perito, quedamos con el perito que le pasamos presupuesto de la cocina, ya que hay varios desperfectos. el presupuesto se demora mas de la cuenta, debido a la pandemia, ya que no pueden venir a tomar medidas, ni podemos ir. La sorpresa es que me ingresan un dinero llamamos a Mapfre y nos indican que es la indemnización, les indicamos que lo que habíamos quedado con el perito es que mandábamos el presupuesto de la reparacion, la aseguradora nos indica que devolvamos el dinero. Se devuelve , y mandamos el presupuesto de la cocina, ahora llamamos y nadie nos hace caso y nos dan largas, lo ultimo que nos han dicho es que el perito, ha indicado que hemos aceptado la indemnización, (hecho que es falso ) ya que en ningún lado esta ni mi firma ni mi autorización, el perito lo ha realizado el por su cuenta suplantando mi identidad.
    No se donde acudir, por favor podrían ayudarme

    1. EL caso que menciona es verdaderamente irregular. Insisa a Mapfre pues es su asesgurador, el perito es una persona que obra por cuenta de Mpafer. Debe ser Mapfre, la ottra parte de su contrato de seguro quien resuelva su siniestro sin alegar o excusarse con supuestas reflexiones u acciones de su perito. SI Mapfr puede demostrar que vds. han aceptado una valoración y su finiquito pida pruebas, si no puede, insista y acuda al defesor del clietne de Mapfre: https://www.mapfre.es/grtportal/seguros/es/particulares/general/app/grtParticulares/SeleccionarPerfilParticular.shtml

  26. Buenos días ,

    Resulta que hace unos días me robaron el teléfono móvil en la playa, mientras estaba en el agua y el teléfono se quedó en una mochila.
    Tengo un seguro en este dispositivo, por eso fui al cuartel para realizar la denuncia de robo.
    Cuando me pongo en contacto con esta compañía resulta que abro un siniestro adjunto todos los documentos y proporciono todos los datos que me han solicitado, y la conclusión del siniestro ha sido denegarme el envío de otro teléfono móvil.
    Atendiendo a las explicaciones que me han facilitado me han comentado que me han robado por no tener cuidado, cuando todos los días he ido a las distintas playas y nunca me ha pasado nada.
    Querría saber como valoráis vosotros la situación.

    1. Por cómo cuentas lo sucedido el asegurador ha sopesado que no te han robado sino hurtado el teléfono móvil asegurado. La diferencia aunque sutil es importante y a buen seguro se recoje en el contrato de seguro que suscribiste.
      La diferencia es que en el robo se utiliza fuerza, violencia o intimidación contra las personas o las cosas, mientras que en el hurto no. El hurto es tratado como un descuido.

  27. hola tengo un problema con la vivienda que esta encima de mi vivienda por lo que se de mi seguro que valoro los daños dijo que el inodoro del vecino esta en malas condiciones , y pierde agua y tiene mi techo del baño con humedades, avise al vecino y a su seguro y la respuesta es que se tienen que solucionar entre seguros , asi llevo casi un año , ni mi seguro ni el del vecino no hacen nada , abria otra solucion a mi problema si los dos seguros de hogar son incapaces de solucionarlo gracias

    1. Lamentablemente esto es frecuente porque nadie salvo el perjudicado tiene interés en resolver el problema. Debe ser su seguro quien se haga cargo de la reparación de sus daños y para eso deberá repararse la causa; su seguro debería ocuparse también de eso y en caso contrario reclamar. Si nada de esto sucede tendrá que ser usted quien reclame a su vecino que es el responsable, no se olvide, de los daños que le causa.

  28. Jose Zamorano Perez

    Se me ha toto la cisterna del inodoro que es de color verde como el resto.Tengo por daños de estetica 1500 euros y el seguro me da 170 y que me las arregle.Es esto correcto

    1. No, no parece correcto. Los gastos de restitución estétic. Esta cobertura existe para responder al hecho de que las estéticas originales de nuestra casa se hayan visto afectadas por un siniestro, ya sea continente o contenido.
      El asegurador debe responder con los límites económicos de daños estéticos que reconozca el contrato de seguro, ya sea por reparación o sustitución de elementos dañados.
      Pero es importante también revisar en la póliza las limitaciones que impone el asegurador a estas garantías por valorar si lo que le han ofrecido se ajusta al contrato, y en caso contrario reclamar.

  29. Buenas noches, mi problema es daños por agua rotura de cisterna, en la planta de arriba, mueble de baño afectado, canapé afectado, puerta del baño roza en suelo, planta baja, molduras de escayola caídas, dos puertas rozan en suelo, baranda de madera de las escaleras dañada,techo y paredes planta baja dañadas, material bufado y desprendido de la pared es gotele,mueble para el teléfono y accesorios, dañado, me ponen la cisterna y me ingresan 900 €, el mueble de baño es de 120ctm,creo que para reponer dicho mueble, el del telf y toda la reparación incluida escayolista pintor y carpintero me parece insuficiente, si me pueden ayudar le estaré muy agradecido, saludos

    1. JOsé en efecto parece que el importe de la indemnización sea pequeña. NO obstante es una propuesta del aseguador que vd puede rechazar. Revise su póliz apara observar en ella el mecanismo de discusión y alcance de acuerdos con el asegurador e invóquelo.
      Tenga presente que que los daños por agua pueden estar limitados; compruebe su póliza y haga valer su mejor derecho.

  30. Hola, te explico mi caso. Tras comprar un piso el 17/7 y asegurarlo el 4/8 con fecha de entrada en vigor del seguro 19/8, el día 2/9 procedo a llenar el circuito de la caldera y pierde agua de manera que produce goteras en la tienda del bajo. Ese mismo día abro siniestro y hoy 22/9 me comunican que «los daños reclamados no proceden ser atendidos ya que estos son anteriores al efecto de la póliza». ¿Tiene razón en lo que indica?¿como puedo reclamarlo? implica eso que yo tengo que hacerme cargo de los daños y perjuicios ocasionados al dueño de la tienda.

    1. Las fechas que mencionan parecen desacreditar la versión de la aseguradora. En todo caso, si estamos ante daños a terceros que se producen desde una determinada fecha en que ya tenemos cobertura del seguro el asegurador no debería negarse al pago. Exija razones de peso para eludir el pago de las reclamación por responsabilidad civil surgida con fecha de efecto dentro del periodo de cobertura de la póliza.

  31. Mi vecina tuvo un problema de daños por aguas que mi seguro solucionó: arregló la pared y la indemnizó por los daños en el suelo. Tras unos meses me llega reclamación del despacho de abogados de su seguro pidiéndome unos 250 € o amenazando con demandarme judicialmente, si no llegamos a acuerdo amistoso. He enviado escaneo de las dos cartas ordinarias y burofax recibidos a mi mediador de seguros y éstos lo han enviado a la compañía de seguros, que actualmente ya no es la mía (me despidió por un par de partes), pero me dicen que me cubre el asunto todavía. Mi vecina me pide el número de póliza; mi mediador no se lo ha dado basándose en la Ley de Protección de Datos. Qué puede ocurrir? Puede ganar mi vecina?, en esta caso quién tendría que correr con esos gastos que reclaman? Gracias.

    1. En nuestra opinión la cuantía es tan baja que es muy dudoso que su vecina cumpla la promesa de demandarla, máxime cuando ya se h aintervenido sobre la avería; en todo caso debiera buscarse que el anterior asegurador continùe con la reclamación si acaso no estuviera conforme con su resolución. Por otro lado ofrecerle el número de póliza y aseguradora no entraña ningún peligro ni dificultad, y puede si lo desea ofrecerselo.

  32. Hola buenas mi nombre es Joseba, hace unos 3 años me siniestraron el coche y la otra compañía me ofreció un dinero que me parecido poco y le dije a mi intermediario que lo rechazara reclamándoles mas, tras varios meses sin saber noticias del intermediario le pregunte a ver que pasaba que les pidiera el dinero que ofrecieron y ya, estaba cansado de esperar tanto y quería solucionarlo, cual fue mi sorpresa cuando mi intermediario me dijo que habían cerrado el caso por no aceptar el dinero y que había que reabrirlo que tardaría un tiempo cosa que no rechace simplente les pedí mas y cuando quise aceptar me dijo eso mi intermediario.. sigo esperando tras 3 años a que reabran el caso y mi intermediario me dice que no para de insistirles y que no le contestan.. que no puede hacer nada mas.. mi pregunta es si se puede hacer algo para que lo reabran de una vez y me den mi dinero si es legal eso que han echo o si es una negligencia de mi mediador, gracias de ante mano por la respuesta.

    1. No es buena cosa dejar pasar el tiempo sin más porque los plazos en las reclamaciones importan. Sugerimos que acuda directamente al asegurador si su mediador no mejora la respuesta y que reclame. Si tras un mes de haber reclamado no obtiene respuesta le sugerimos que busque los servicios de un abogado.

  33. Tuve un siniestro ocasionado por una rotura de tubería, tardaron 15 días en encontrar la fuga, el primer fontanero encontró una y el segundo la otra el caso es que la compañía me hizo abrir dos partes. Resulta que por el primer perito que vino dejo claro que los daños iban a ser numerosos y que la fuga estaba sin localizar.
    He dejado unos meses secar bien el suelo y en marzo solicite que viniese un perito y este solo hizo tasación de un siniestro.ahora la compañía que de dicho siniestro me indemnizo con 150 euros, dice que el informe pericial es del segundo siniestro, cuando en los papeles que me mandan viene mal. He escrito al defensor del asegurado pero no me dan la razón y se cierran en que esa es la oferta. No estoy de acuerdo, me podríais orientar sobre lo que debo hacer. Gracias

    1. El defensor del asegurado es juez y parte a favor de los intereses a la aseguradora. Verdaderamente es una figura perfectamente prescindible por cuanto qu eno responde a la finalidad para la que está nombrada.
      Dirija una reclamación al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones en:
      a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. (El registro de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, está situado en el Paseo
      de la Castellana, 44, 28046 Madrid.)

      b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno
      convenio.
      c) En las oficinas de Correos.
      d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
      e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

      La queja o reclamación se pueden presentar por medios electrónicos a través de la página web de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, http://www.dgsfp.mineco.es.
      Seleccionar Protección al asegurado y al partícipe, a continuación seleccionar Presentación telemática de Quejas, Reclamaciones y Consultas: “Sede Electrónica”, a continuación seleccionar presentar queja o reclamación o presentar consulta.

      Para la admisión de una QUEJA O RECLAMACIÓN ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones se debe justificar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
      1. Haber formulado previamente la queja o reclamación al departamento o servicio de atención al cliente o, en su caso, al defensor del cliente o del partícipe de la entidad reclamada, por cualquier medio que permita tener constancia de su presentación.
      Este requisito no se cumple cuando el reclamante ha formulado su queja o reclamación a la entidad sin especificar más o a cualquier departamento, servicio o persona de la entidad. En este sentido se recomienda que en su escrito de queja o reclamación frente a la entidad conste claramente que la misma se dirige al servicio
      de atención al cliente o, en su caso, al defensor del cliente o del partícipe.
      2. Haber sido denegada la admisión o desestimada su petición, o bien que hayan transcurrido más de un mes desde la presentación de la misma, en el caso de que el reclamante tenga la consideración de consumidor y dos meses en el resto de supuestos desde la fecha de presentación de la queja o reclamación sin que haya sido resuelta.

      Las quejas y reclamaciones deberán contener:
      a) Los datos identificativos del reclamante, nombre y apellidos, o denominación social en el caso de personas jurídicas, domicilio a efectos de notificaciones y número de identificación de las personas físicas o entidades, o, en su caso, datos del registro público de la entidad de que se trate. Si se presenta por medio de representante, se acreditará la representación por cualquier medio admitido en derecho.
      b) La identificación de la entidad reclamada, así como de la oficina o sucursal a que se refiere en su caso la reclamación o queja.
      c) El motivo de la reclamación o queja que se presente en relación con sus intereses y derechos legalmente reconocidos, haciendo constar expresamente que aquella no se encuentra pendiente de resolución o litigio ante órganos administrativos, arbitrales o jurisdiccionales. En ningún caso, podrán alegarse hechos distintos de los aducidos en la reclamación o queja previa ante el departamento o servicio de atención al cliente o, en su caso, defensor del cliente o partícipe de la entidad contra la que se reclame, con excepción de los hechos relacionados que se hubieran producido con posterioridad a su sustanciación.
      d) Acreditar que ha transcurrido el plazo de un mes desde la presentación de la misma, en el caso de que el reclamante tenga la consideración de consumidor y dos meses en el resto de supuestos desde la fecha de presentación de la reclamación o queja ante el departamento o servicio de atención al cliente o, en su caso, defensor del cliente o partícipe sin que haya sido resuelta, o que ha sido denegada la admisión o desestimada, total o parcialmente, su petición.
      e) Lugar, fecha y firma.

  34. Alexandra Lombardia

    Buenas noches, hace una semana me avisa mi vecina de abajo de que tiene una gotera aviso a mi seguro y manda un fontanero la fuga está en la tuberia que conecta con el contador del agua caliente, mi seguro dice que no cubre mi daño ya que es por falta de mantenimiento. Mi sorpresa llega cuando me dicen que tampoco cubren el daño ocasionado a mi vecina y que tengo que pagarlo yo.
    Quisiera saber si esto es legal ya que por más que leo el contrato que tengo con ellos no veo nada de que por falta de mantenimiento no me cubran un daño ocasionado a un tercero.

    1. Los contratos de seguro que disponen de la garantía de responsabilidad civil están obligados a indemnizar a los terceros que por nuestra causa vean lesionados sus intereses. Nada importa para esta cobertura que haya sido por falta de mantenimiento, negligencia, u otra causa. Su seguro está escurriendo el bulto porque es una práctica de disminuir la siniestralidad. Reclámeles.

  35. Yo tengo una duda hace 1 año me chocaron el auto estando estacionado ,mi seguro me puso un abogado y ya llegue a un acuerdo pero el seguro del que me choco no me manda el acuerdo hace más de 2 meses que estoy esperando y la supuesta abogada dice que hay que seguir esperando no se puede hacer nada. Mi duda es será cierto alguien podrá asesorarme

    1. Reclame a su aseguradora. Es quien tiene que resolver el conflicto; para esto tien usted seguro. SObre si será cierto, lamentablemtne en esta materia se puede esperar de todo.
      SI no le indemnizan cuidese de interrumpir el plazo de prescripción para reclamar que es de un año. Y exija al seguro que le indemnice.

  36. Buenas tardes, expongo mi caso. Los vecinos de debajo de mis padres realizaron una reforma en su vivienda. Hace poco tuvieron problemas de humedad en su techo. Las aseguradoras, tanto la de mi padre como la del vecino de abajo, indican que el problema es que los obreros que les hicieron la reforma destrozaron los desagües de casa de mis padres. Los vecinos de abajo se niegan a que se realice cualquier reparación a través de su vivienda, negando incluso el acceso al perito. Mis padres acaban de recibir un burofax instándoles a realizar las reparaciones pertinentes en un plazo de 5 días o se abrirá vía judicial. Obviamente mis padres no tienen ningún problema en reparar nada, pero es que no es problema de su vivienda. Llevan un año con un cuarto de baño inutilizado y creo que este vecino no va a parar hasta dejarles inutilizado el otro. ¿Qué se puede hacer?

    1. Alba tal y como lo cuenta, en efecto parece que las obras de la casa del vecino que reclama a sus padres intervinieron en el desajuste de las bajantes de sus padres. Si ese es el caso, no habrá más forma de repararlas que accediendo desde el lado en que se visualiza las humedades y esto indefectiblemente debe contar con la autorización del vecino.
      No parece muy justificado reclamar una solución cuando no se presta colaboración alguna a la búsqueda de la avería que afecta negativametne al vecino.
      Nuestro consejo es que deje que llegue la reclamación pues por lo que cuenta el vecino no está dispuesto a dar su brazo a torcer.
      INofrme a su aseguradora, declare el siniestro, pida a la aseguradora que deje documentada la negativa del vecino a la búsqueda de la avería y cuando llegue la reclamación que le defienda la aseguradora. COn un poco de suerte podrán condenarle en costas por mala fe.

  37. María Pilar Marín Puertollano

    Buenas tardes, en octubre de 2019 en la autovía el coche de delante me freno en seco y le dí por detras de manera que el no se hizo nada solo un rasguño y mi coche se quedo con el capón levantado pues el al estar pisando el freno mi coche reboto para atrás. Hicimos el parte amistoso y yo se lo envié a mi compañia y cual es mi sorpresa que me encuentro un correo de una abogada que me dice que como mi compañia no paga me van a demandar que les facilite una dirección para enviarme la demanda. Mi sorpresa a sido enorme pues yo creía esto solucionado después de un año y medio casi. Evidentemente no he contestado el correo y he llamado a la compañia para que me informen pero por si acaso es esto legal me pueden demandar si esto lo cubria mi poliza pues solo fue un golpe saliendo en primera y no les hice nada solo que me di cuenta que ya salían quejandose del cuello era como muy estudiado pues el coche no llevaba velocidad ¿Que debo hacer pues estoy perdida?

    1. En efecto Vd. es responsbale de los daños que cause a terceros como consecuencia de la circulación de su vehículo.
      Por otra parte la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, señala en su Artículo 7, las Obligaciones del asegurador y del perjudicado.
      «El asegurador, dentro del ámbito del aseguramiento obligatorio y con cargo al seguro de suscripción obligatoria, habrá de satisfacer al perjudicado el importe de los daños sufridos en su persona y en sus bienes, así como los gastos y otros perjuicios a los que tenga derecho según establece la normativa aplicable. Únicamente quedará exonerado de esta obligación si prueba que el hecho no da lugar a la exigencia de responsabilidad civil conforme al artículo 1 de la presente Ley.»

      «El perjudicado o sus herederos tendrán acción directa para exigir al asegurador la satisfacción de los referidos daños, que prescribirá por el transcurso de un año.» Lo que quiere decir que el reclamante puede demandar directamente contra la aseguradora sin reclamar contra el conductor causante y/o propietario del vehículo, los dañis relativos a lesiones y daños del baremo de tráfico..

      El perjudicado puede reclamar al causante las lesiones y resto de concptos indemnizatorios del baremo de tráfico de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
      El perjudicado puede reclamar los daños a su vehículo por responsabilidad civil derivada del Código Civil arts 1902 y siguientes.
      En el primer caso, el demandado debe demostrar que su culpa no es exlusiva y en el segundo basta con que el perjudicado demuestra que es culpa del demandado o causante.

      Por esta suerte de demostraciones puede pasar que el asegurador pague por las lesiones pero no por los daños, si hay una versión contradictoria de los hechos.
      Dependiendo de cómo formule las demandas el perjudicado podrá o no pagar su aseguradora. Es un asunto complejo y técnico que le aconsejamos matice con su aseguradora y a la menor duda de a favor de quién se pone el asegurador, consulte con un abogado especialista en accidentes de tráfico.

  38. Hola, buenas noches. Mi madre tiene su seguro de hogar con AXA. Se la rompió el cristal de la vitrocerámica y la mandaron al reparador. La comentó que tenía tres opciones:
    1. Reparárselo ellos
    2. Cobrar indemnización y repararlo ella
    3. Cobrar indemnización y comprar una nueva
    Decide acogerse a la tercera opción y el reparador solicita la valoración del cristal. Se compra una vitro nueva.
    Pasados quince días sin noticias del seguro, se pone en contacto con ellos y la dicen que por tener contratado axa calidad no tiene derecho a indemnización para comprarse una vitro nueva.
    Reviso su póliza y en las condiciones particulares hay una cláusula que dice:

    Reparadores axa calidad
    El asegurado queda obligado a realizar la reparación de los daños que sufra la edificación y/o enseres asegurados por la red de reparadores axa calidad ( reparadores designados por la entidad aseguradora). En caso contrario el siniestro no quedará cubierto.

    Mi pregunta es si no se trata de una cláusula limitativa. ¿No tiene derecho a indemnización sólo por tener esa cláusula en la póliza? ¿ No dice la ley que el asegurado tiene que ser indemnizado a no ser que prefiera reparación y la compañia acceda?. ¿En estos casos prima la cláusula del seguro o la ley? Les agradecería mucho que me lo aclararan.

    1. En efecto Azucena se trata de una cláusula limitativa de derechos que debe figurar expresamente aceptada por el asegurado y contenida en el contrato remarcada en negrita según el artículo 3 de la Ley 50/80 de contrato de seguro.
      «Se destacarán de modo especial las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados, que deberán ser específicamente aceptadas por escrito.»
      Muy probablemente el reparador le d´ió las tres opciones que mancionaste de palabra de forma que será dificil de acreditar que el error corresponde al reparador.
      En todo caso, presione al asegurador con este hecho, ya que si el reparador no hubiera dado una información incorrecta, su madre probablemnente hubiera optado por otra solución.
      Le sugiero también que solicite la reparación de la vitro dañada y que devuelva la vitro nueva al comercio donde la compró.

  39. Buenos días,
    Le expongo mi caso, al parecer mi vecino del primero tiene humedades en su techo de la cocina, han venido peritos de mi compañía y de la comunidad, la comunidad dice que es una filtración de la bajante del agua de mi cocina y mi aseguradora indica que baja por shunt del tejado (el tejado se ha reparado por completo hace dos años)y además ningún vecino de los pisos superiores tiene filtraciones, ni la humedad ha crecido con las fuertes lluvias del invierno, el caso es que nadie quiere asumir responsabilidad de culpabilidad.
    ¿Qué paso me aconseja seguir?
    Gracias y un saludo

    1. NUestro consejo Gabriel es que se ponga de acuerdo con su vecino para contratar un profesional que revise a fondo el problema y levante acta del origen del problema. Una vez conocido y documentado acudan contra el culpable para que su aseguradora se responsabilice.

  40. Buenos días.
    Las obras de reforma de mi vecino de encima han causado daños a mi vivienda asegurada por rotura de un codo durante la noche del domingo 10-10-21.
    Mi vecino delega su responsabilidad en el seguro de la empresa de reformas.

    Los daños consisten en el desprendimiento de varias filas de azulejos en mi Cuarto de baño (situado debajo del baño donde tuvo lugar la rotura de un codo de entrada de agua), Lavado y eliminación de la lechada por la caída de agua durante varias horas de manera continua.
    Abombamientos y desprendimiento de la pintura en mi Cuarto de y manchas de humedad en el techo y pared contigua al baño en el pasillo de la vivienda y la imposibilidad de utilizar la ducha del cuarto de baño de la vivienda desde el 10 de octubre. Desplazamiento 600Km desde donde yo vivo actualmente a la vivienda (no lo han valorado). Daños en la puerta del cuarto de baño.

    Toda esta agua, junto con la caída en el piso contiguo cayó también al techo del salón de la Planta Baja que también se encuentra afectado con desprendimientos de pintura y abombamientos en el techo
    Vino el perito de la empresa constructora y tomo medidas e hizo fotos y pues daba por hecho que el culpable había sido el constructor y que lo cubrían ellos. Unos días después vino el de mi compañía y también midió techos, azulejos y paredes.
    Ambos comentaron que se habían caído los azulejos porque estaban mal agarrados a la pared, en lo cual yo no estoy de acuerdo porque se cayeron por la eliminación de la lechada por la caída de agua durante varias horas de manera continua toda la noche.

    Yo intenté hablar con mi compañía de seguros pero en lugar de llamarme para informarme, sobre si estoy de acuerdo, he encontrado ayer una carta en el buzon en la que me hacen un ingreso de 500 euros solo por los daños por agua, cuando mi póliza estipula 10.400euros en daños por agua y 1000euros en daños esteticos.

    Considero que los 2 peritos han infravalorado el siniestro y que el del constructor debe enviar a alguien que arregle los desperfectos que han causado los operarios, y si es más que paguen ellos la diferencia.
    ¿Puedo reclamarle a mi vecino, que fue el contratante de la empresa constructora o al seguro del constructor? Mi compañía no se ha comportado correctamente
    Por favor necesito que me orienten, muchas gracias.

    1. Buenos días los daños que le cause su vecino son responsaabilidad de su vecino. Que los daños los haya causado por la intervención de terceros no le exime de responsabilidad. Reclámele los daños que usted considera recibidos y si no responde demándele.
      Saludos

  41. Mi caso es el siguiente: he tenido un coche de renting y tras tres años ha cumplido el contrato y lo he devuelto. El problema surge cuando se produce la entrega en la cual se me da un acta de devolución en la cual se no se observan según la persona que lo recepciona. Mi sorpresa es que a los dos días me envían un peritaje de otra persona según la cual tengo que pagar 700 € en concepto de una serie de daños que según ello existían. Lo cual es falso. Lo entregué en perfecto estado. Se lo explico, pero ellos se acogen a un apartado que aparece en la misma acta la cual dice: «Acepto la refacturación de elementos no devueltos, limpiezas, daños internos no cubierto por la garantía del fabricante y daños externos sin parte comunicados a la compañía de seguros de acuerdo con las condiciones generales del contrato». No se que hacer, ya que los daños que me adjuntan no existían cuando entregué el coche .¿que podría hacer? Gracias.

    1. Dificil situación que por otro lado no se puede resolver aplicando las reglas del seguro porque se trata deun contrato de leasing de vehículos sujeto a sus propias reglas contractuales.
      Por lo general los contratos de renting de vehículos suelen incorporar clausulas de salvaguarda que facturan al arrendatario por los desperfectos distintos de los «normales» por el uso del vehículo.
      Si dispones de fotos del vehículo en el momento de la entrega podrían servirte de prueba del error en la peritación que te perjudica.
      Si el Acta de Recepción fue firmada por la persona que recigió el vehículo y no incorporó en ella ninguna opservación externa de los daños que se imputan, entonces se puede usar el acta para defender nuestra posición. Cosa distinta es, los daños internos no visibles pero habrá el operador de renting demostrar que no son ‘normales’ y que en efecto estaban presentes tras la firma del Acta de recepción.
      Por lo general, el contrato de rentig ampara los cargos que se pueden generar por los daños citados.
      Si disrepas, combate cuanto puedas y si no puedes solo acude a un servicio letrado especializado.

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