Creencias erroneas comunes entre los arquitectos

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Muchos arquitectos, antes de convertirse en clientes nuestros, vivían en el error de pensar que cuando pagaban sus seguros mediante fórmulas de pago ligadas a la obra o  proyecto, disponían de un seguro sobre esa obra a perpetuidad.

Hay que decir que está justificada esta creencia porque algunos aseguradores afamados de arquitectos se esfuerzan por lanzar mensajes engañosos.

Lo cierto es que no es así. Pagar la prima de un seguro de responsabilidad civil profesional ligada a la obra o proyecto, es en realidad sólo una forma de calcular y facturar la prima, pero en modo alguno da protección a la obra más allá del periodo en que la póliza existe. «Siempre les decimos a nuestros clientes que revisen sus contratos para persuadirles de lo contrario», comentan los especialistas de producto de responsabilidad civil profesional de miotroseguro.com.

Una de las principales aseguradoras del sector menciona en su art. 2.7 y el 4.1 de  condiciones que el asegurador continuará con la defensa y soportando las indemnizaciones de aquellos siniestros que ya estén en marcha incluso después de dejar de estar la póliza en vigor, pero esto no quiere decir que lo haga con aquellos siniestros no declarados de obras realizadas.

Nos aclara el art 1.2 del condicionado de esta misma aseguradora, mayoritaria en tre los arquitectos, relativa al ámbito temporal y material, que para que la cobertura persista debe existir el contrato o póliza: Queda circunscrita la cobertura a que la reclamación tenga lugar dentro del periodo de vigencia de la póliza.

Así, lo relevante para el arquitecto y para conocer si la responsabilidad sobre su intervención en un determinado proyecto persiste después de cancelar la póliza, es saber si sobre ese proyecto ha habido una reclamación anterior al vencimiento del contrato. Si no es así, debe saber que su responsabilidad en el proyecto en que intervino puede estar desprotegida aseguradoramente.

Existe la posibilidad de contratar pólizas de responsabilidad civil profesional por obra y que despliegue su protección durante un periodo dado de tiempo, pero habrá de especificarse así en el contrato para que podamos estar ante un contrato de estas características.

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