Ante el comienzo de la temporada de piscinas las comunidades de propietarios deben vigilar las condiciones de uso de éstas por la responsabiliad a que se enfrentan.
Socorristas y cumplimiento de normas técnicas
La comunidad de propietarios habrá de atender a varios elementos de seguridad que vendrán a preservar su responsabilidad:
- La capacitación técnica de los socorristas que emplee, el número de éstos, su relación laboral , y la posesión del carnet correspondiente.
- El cumplimiento de las normas técnicas en materia de piscinas. Cada Comunidad Autónoma tiene una Ordenanza Reguladora de las Condiciones Sanitarias, Técnicas y de Seguridad de Piscinas.
- La correcta suscripción de la póliza de seguro de la comunidad.
- La prudente exigencia de un seguro de responsabilidad civil de socorristas a los profesionales contratados.
Ejemplos de responsabilidad
Señalamos el caso de una persona que resultó ahogada y recibió lesiones que le provocaron tetraplejía. STS 12/06/2008. En este caso, un menor se lanzó sobre el cuerpo de un nadador causándole lesiones medulares severísimas, que no fueron valoradas ni atendidas debidamente por el socorrista.
La sentencia del supremo vino a dar la razón a la sentencia de instancia en que se encontró que el socorrista actuó con omisión de las medidas de atención y cuidado suficientes en relación con las conductas peligrosas y temerarias habituales de ciertos bañistas consentidas por él. Esta condena recayó sobre el socorrista y subsidiariamente sobre la Administración por importe de 544.323 euros.
Si el empleador del socorrista en ese caso hubiera sido una comunidad de propietarios el condenado subsidiariamente hubiera sido la comunidad.
Téngase muy presente que en la búsqueda de responsabilidades, cuando el que directamente no puede responder, es condenado el subsidiario o solidario o cualquier otra fórmula de responsabilidad que no pare en el que de forma directa cometió el acto incorrecto.
Responsablidad de los miembros de la Junta de Gobierno y del administrador
Ya hemos indicado los riesgos, y las precauciones mínimas que ha de vigilar la comunidad. Pueden darse muchos fallos que comprometan el patrimonio de la comunidad ante la condena por daños y responsabilidad.
- Responsabilidad de la comunidad por omisión de sus deberes de vigilancia en el cumplimiento de las normas técnicas de la piscina.
- Dejación de responsabilidades ante la contratación de socorristas suficientes y con plena capacidad técnica y profesional.
- Incorrecta suscripción o no estar al corriente de pago de la póliza de la comunidad.
Estos u otros fallos pueden derivar en indemnizaciones económicas que pueden alcanzar a la comunidad, a la Junta de Gobierno, al Administrador, y al Socorrista y que peuden ser muy elevadas.
Te aconsejamos que además de revisar en profundidad tus obligaciones para abrir la piscina de la comunidad, suscribas correctamente el seguro de tu comunidad, y obligues al socorrista a contratar un seguro de responsabilidad civil de socorristas.
Recomendamos recibir el asesoramiento de una correduría de seguros especialista en seguros comunidades de propietarios. En ocasiones, el valor de estos profesionales no es percibido, pero el análisis objetivo de tus necesidades y la comparativa entre las diferentes clases de pólizas que hay en el mercado que realizan, evitarán sorpresas desagradables a la comunidad cuando necesite dar un parte a su seguro.