La certificación energética exclusiva de ingenieros y arquitectos
El gobierno ha aprobado nuevas normas que regulan la obligación de propietarios de viviendas a la venta o en alquiler de realizar la certificación energética de las mismas a partir del 1 de junio de 2013. El RD 238/2013 y el RD235/2013 configuran el escenario en que sólo arquitectos e ingenieros, por el momento, deberán realizar las certificaciones energéticas de edificos, para lo que tendrán que suscribir un seguro de responsabilidad civil.
Inspección periódica de eficiencia energética
La nueva norma, RD 238/2013, se publica como resultado de la adaptación a las normas europeas para lograr una mayor eficiencia energética de los hogares españoles.
Las instalaciones se inspeccionarán anualmente para verificar el cumplimiento de las normas de eficiencia energética y serán realizadas por los agentes cualificados y acreditados por la Comunidad Autónoma.
Nueva acreditación de requisitos para el ejercicio de la actividad
Nuevos y más exigentes requisitos aparecen de nueva planta por modificación del art 37 del Reglamento de Instalaciones térmicas de edificios. Se obliga suscribir seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos que puedan derivarse de sus actuaciones, mediante póliza por una cuantía mínima de 300.000€.
Validez del certificado
Estos certificados tendrán una validez de 10 años desde su emisión, según reza el art. 11 del RD 235/2013 por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
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