Recientemente, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) 1 de marzo (Sentencia), estableció que no es legal la diferencia de trato en los seguros por razón de sexo. Esta prohibición será aplicable a partir del 21 de diciembre de 2012.
España había adaptado su legislación a la Directiva 2004/113/CE del Consejo, de 13 de diciembre de 2004, por la que se aplica el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres al acceso a bienes y servicios y su suministro. La adaptación la hizo con la promulgación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (Consultar la ley). Sin embargo, esta ley había previsto una excepcionalidad a lo dispuesto por la propia ley en art. 71.
Las aseguradoras aplican para el cálculo de algunos de sus productos de seguros tablas de mortalidad que contemplan diferencias de primas por razón de edad y sexo. Esta posibilidad es legal según el Reglamento de Ordenación y Supervisión de seguros privados (Art. 34.b).
La ley de igualdad mencionaba en su Disp. Ad. Transitoria 5ª, sobre las Tablas de mortalidad y supervivencia, que «en tanto no se aprueben las disposiciones reglamentarias …, las entidades aseguradoras podrán continuar aplicando las tablas de mortalidad y supervivencia y los demás elementos de las bases técnicas, actualmente utilizados, en los que el sexo constituye un factor determinante de la evaluación del riesgo a partir de datos actuariales y estadísticos pertinentes y exactos.»
A día de hoy 6 de noviembre de 2011, no se ha publicado ninguna modificación reglamentaria u orden que establezca una fecha para el cumplimiento de la sentencia europea.
La utilización de estas tablas encuentra fundamento en cuestiones no discriminatorias, sino de fijación de precios, pues es sabido que la mujer vive más que el hombre por término general y esto las hace más baratas a la hora de suscribir un seguro de vida, sin embargo consumen más servicios en seguros de salud, y esto las hace más caras a la hora de contratarlos, y demás casos que se puedan contemplar con relación a los seguros de automóvil, de ahorro, etc.
Las tablas de mortalidad, consisten en una serie cronológica que expresa la reducción progresiva de un grupo inicial de individuos, de la misma edad, por efecto de su fallecimiento.
Las estadísticas demográficas de mortalidad varían con el sexo, y por esta razón se han confeccionado históricamente tablas distintas para hombres y para mujeres. Nada que ver con razones políticas o sociales de discriminación por razones de sexo. También varían con el clima o la profesión, por ejemplo. Para saber más sobre tablas biométricas (Informe del Instituto de Actuarios).