HAsta ahora muchas eran las aseguradoras que exijían a clientes y corredores la presentación de una carta expresa del tomador y documentos de identificación para permitir el cambio de posición mediadora de un mediador en favor de otro, Desde la publicación el 4 de febrero de 2020, ya no no será legal exigir más prueba que la comunciación del mediador, contando éste con la preceptiva autorización de su mandante, cliente y tomador de la póliza que se pretende mediar.
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