Se trata de la responsabilidad atribuible al empresario o la empresa como consecuencia de las reclamaciones por daños personales causados por acción u omisión a los empleados en un accidente laboral. Esta reclamación puede ser presentada por el perjudicado o sus derechohabientes (familiares con derecho en caso de muerte).
En las pólizas de responsabilidad civil con garantía o cobertura de explotación, los empleados están excluidos al no ser considerados terceros perjudicados respecto del empresario. Por esta razón surge la necesidad de incluir esta cobertura independiente de la de explotación en las pólizas de responsabilidad civil.
Es importante no confundir esta cobertura y los derechos que de ella se derivan para los perjudicados con los propios de la cobertura de seguro obligatorio de accidentes de trabajo. Consultar la pregunta: ¿Con el seguro obligatorio de accidentes protejo mi responsabilidad con los empleados?
De esta cobertura suelen estar excluidos los bienes materiales del empleado perjudicado.
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