Prácticas de alumnos en empresas y protección social.

Hasta la publicación del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, era frecuente que las empresas de formación, instarán a las empresas receptoras de estudiantes en prácticas, la suscripción de una póliza de seguro de accidentes profesionales que amparara a los alumnos.

Sin embargo, esto ya no nos parece necesario, toda vez que con la publicación del citado Real Decreto, estos estudiantes en prácticas, deben ser integrados en el Régimen General de la Seguridad Social, como asimilados a trabajadores por cuenta ajena, siempre y cuando los alumnos, lo sean de programas de formación que incluyan la realización de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades y no tengan carácter puramente lectivo, y siempre que tales prácticas no den lugar al establecimiento de una relación laboral, determinándose los términos y las condiciones de esta integración, así como el alcance de la acción protectora que se les otorgue, de acuerdo con lo previsto en los artículos 97.2.m) y 114.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Con esta asimilación al alta, estos alumnos gozan de la misma acción protectora que el resto de los trabajadores de la empresa en que realizan prácticas, esto es, la del Régimen General de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo.

Modificación:

Consulta los cambios normativos introducidos posteriormente a la publicación de este post. Desde la publicación del RD 1707/2011, actualmente Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, se ha limitado el régimen protector de la Seguridad Social mencioando anteriormente sobre estos alumnos, hasta ese momento incluidos por aplicación del RD 1493/2011

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